En nuestra entrega anterior explicábamos de como la oferta no construye viviendas suficientes para el segmento de la población que busca activamente viviendas cuyo costo no sobrepasen el monto de $RD 2, 400,000 (viviendas de bajo costo). Las razones de este situación habían sido expuestas por expertos en numerosas intervenciones, las cuales se resumen en los siguientes dos aspectos fundamentales. El primero, no era rentablemente atractivo para los empresarios desarrollar viviendas de bajo costo y el segundo la demanda de este tipo de viviendas no cuenta con la capacidad de pago para asumir un préstamo hipotecario.
Para los empresarios tales como Castillo Construction, el panorama de negocios en el mercado inmobiliario de bajo costo cambió drásticamente con la atinada aprobación de la ley 189-11 promulgada por el Presidente Danilo Medina en el año 2013. A raíz de esto, la construcción de viviendas de bajo costo se vuelve rentable para los empresarios debidos a los beneficios fiscales que ofrece la misma ley. A continuación desglosamos algunas de los beneficios más importantes.
A partir de año 2013, al desarrollar viviendas de bajo costo, los empresarios de la construcción quedan exonerados de pagar los impuestos sobre las ganancias, pagos sobre activos, a la propiedad entre otros. Lo que permite lograr ensamblar y comercializar los proyectos de viviendas a un monto mucha más reducido y acorde con la capacidad de pago del segmento de la demanda de viviendas sociales. El beneficio más trascendental de la ley lo constituye la creación de la figura del fideicomiso para desarrollo de viviendas de bajo costo.
¿Qué significar un fideicomiso? Es la figura jurídica donde interviene en el fideicomitente, fiduciaria y beneficiario. El fideicomiso es la figura que recibe un patrimonio de un fideicomitente, con el fin de que realicen actividades o instrucciones descritas en un acto constitutivo a favor de las personas designadas en el mismo. Se denomina fideicomitente al propietario de los bienes que son transferidos, y beneficiarios a quien recibe los rendimientos o beneficios de la operación del fideicomiso. Bajo esta modalidad de fideicomiso en la República Dominicana, el proyecto puede gozar de los siguientes beneficios:
Primero, partiendo del principio de que los apartamentos serán vendidos antes de construir, la sociedad fiduciaria entregará a nuestra empresa los dineros correspondientes al pago de las cuotas iniciales. Esto tendrá objeto cuando se evidencie el cumplimento de las condiciones que determinan la viabilidad comercial, técnica y jurídica del proyecto. De lo contrario el pago será devuelto a los adquirientes. Esto es un aspecto positivo que incentivará a los compradores a adquirir viviendas de nuestros proyectos inmobiliarios.
Segundo, este esquema de negocio no sólo genera tranquilidad y confianza al adquiriente de los apartamos a desarrollarse, sino que para el promotor (CCI) del proyecto representa la ventaja de iniciarlo con la seguridad de su éxito y viabilidad comercial y financiera, lo cual implica ni más ni menos que una reducción en el aporte de capital de los inversionistas por motivos de costos directos e indirectos.
Tercero, se aprovecha los incentivos fiscales ofrecidos por la aprobada ley 189-11 para desarrollar viviendas de bajo costo, ya anteriormente descrito. Es importante agregar que para que un proyecto de inmobiliario de viviendas se catalogado como vivienda de bajo costo, el mismo debe lograr que el 75% de las unidades habitaciones del proyecto no sobrepasen los $RD 2,300,000.
Estos beneficios representan tranquilidad para los inversionistas interesados en inyectar capital en el proyecto “Residencial Vila Andrea 1ero.” Ya que una entidad fiduciaria servirá como el ente que velará por el cumplimiento de los acuerdos entre los involucrados del proyecto.
Castillo – Consultores Inmobiliarios
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